Por fin he podido estudiar un poco más a fondo la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de julio.
Ciertamente no me interesa tanto el debate (algo estéril y con demasiada carga política electoral en estos momentos) que se está haciendo sobre esta denominada «ley mordaza» y otros temas similares. Me interesa más el aspecto técnico y concreto de lo supone para los servicios policiales y su forma de trabajar en determinados aspectos, y sobre todo para los ciudadanos en general, en el día a día.
Esta norma vuelve a evidenciar esa tendencia ya comentada en este blog de «recentralizacion» de las competencias en seguridad y emergencia (igual que en otros ámbitos). Y con ello no entro a valorar si es adecuado o no. De hecho limita las competencias sancionadoras de los Alcaldes, por ejemplo, aunque no he percibido ninguna diferenciación entre las posibilidades o habilitaciones que se hacen a las policías del estado y a las locales o autonómicas.
Además de continuar con el abordaje de la prostitución y el consumo de alcohol en la via pública que tanto interés tiene para algunos Municipios que tenemos problemas en ese ámbito, me ha parecido ciertamente nuevo y sorpresivo lo de que la venta ambulante se incorpore como un elemento de «seguridad ciudadana», y habrá que ver como se concreta la política de intervención de las policías estatales en este ámbito, hasta ahora de ámbito muy municipal o local.
Por otra parte, es una Ley que concreta mucho más lo que las policías pueden hacer al practicar determinadas diligencias (qué condiciones las permiten?) como la identificación, el traslado de ciudadanos a las dependencias policiales, el cacheo o registro de los mismos o los controles policiales en la vía pública. Sólo por eso me parece interesante que se haya aprobado.
Es cierto que «complica» las actuaciones policiales en esos ámbitos, pero ciertamente hace que los ciudadanos tengan más claros sus derechos y lo que puede y no puede hacer la policía.
Celebro que por primera vez aparece en la ley que «la transparencia» constituye un fin de la misma y de la acción de los poderes públicos en el ámbito de la seguridad ciudadana. Pero es cierto que no se encuentran muchas concreciones y acciones de obligado cumplimiento que avancen de manera decidida hacia la misma.
Por ejemplo, la obligación de que las autoridades y las policías informen a los ciudadanos de sus actuaciones que han supuesto una limitación (aunque temporal) de sus derechos, podría haberse incorporado. Claro que sería aún más complicado y exigente para las policías, pero de eso se trata: la ganancia de credibilidad y apoyo de la ciudadanía sera mayor en el medio y en el largo plazo si avanzamos en transparencia e información..
En este sentido, podria darse el caso de una policía «muy eficaz» en la represión de la delincuencia (como ha ocurrido u ocurre en países autoritarios) pero a consta de una afectación importante de los derechos de los ciudadanos. A mi me gustaría disfrutar (y la valoraría especialmente) una policía eficaz con la delincuencia y que además afectara a nuestros derechos de la forma más limitada posible.
Bueno… poco a poco vamos avanzando, esperemos que las próximas normas progresen más aún en la transparencia y la información a los ciudadanos.
(Imagen que inicia el post de Wikipedia)
Arturo, estoy contigo en que no se puede desvincular la policía local de la seguridad, al final es una policía, con mayúsculas. Pero una mejor parcelación de las funciones evitando solapamientos y duplicidades creo que ahora es especialmente necesario.
Y veo a las locales además de «en seguridad», ocupada sobre todo de temas de proximidad y convivencia como indico en mi entrada.
Comparto contigo que determinadas y excepcionales malas actuaciones de algunos funcionarios (a veces no corregidas), enturbian el trabajo de muchas personas durante muchos años. Me entristece mucho que otros compañeros puedan ocultarlas, justificarlas o excusarlas, suerte que son minoría.
Por eso creo que la transparencia, la rendición de cuentas y someternos continuamente a la revisión y evaluación de nuestro trabajo general, y de actuaciones concretas, es lo que puede hacer que mejoremos nuestra credibilidad y la confianza de los ciudadanos.
Interesantes tus reflexiones, Arturo.
Gracias por pasearte por aquí y opinar.
Me sorprende que un gestor como usted de la policía local de un municipio conflictivo dentro de la isla de Mallorca, le sorprenda la recentralización cuando es a lo que está conduciendo a su cuerpo policial, traspasar la gran mayoria de actuaciones a la Guardia Civil en este caso.
Muchos son los que piensan que las policías locales deberían dedicarse a el tráfico urbano y aplicar las ordenanzas municipales cuando vestir un uniforme policial implica mucho más. La palabra policia, en mi opinión, implica en si seguridad a la ciudadania, un valor que se les está retirando a los agentes municipales.
Me sorprende también mucho hablar de transparencia policial, acaso hay algo que esconder cuando se actúa en base a la ley?. La ciudadanía duda de las actuaciones de las policias debido a la gran falta de profesionalidad de algunos de sus miembros los cuales no han sido sancionados en su día por quien correspondia. Acciones y actitudes toleradas que dañan a un coletivo.
Un artículo interesante el cual me gustaría poder poner cada uno nuestros puntos de vista de manera más extensa.
Pues si, eso es un riesgo evidente.
Y no sería la primera vez que ocurriera. Pero tenganos esperanza.
Sabes de mi optimismo casi enfermizo 😉
Gracias por comentar Joana M.
No me la había leido detenidamente, pero, por lo que he visto, algunos asuntos que se pretenden implementar van a requerir un aumento importante del presupuesto del ministerio. ¿habrá partida para ello o se quedará en una declaración de intenciones? sospechosas la veces que se repite la coletilla: «…siempre que sea posible».
Un saludo.